
La Carta de Derechos contenida en el Artículo II, de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, garantiza el derecho que cada empleado tiene de estar protegido contra riesgos a su salud o persona en su trabajo o empleo. Conforme a esto, es política pública del Gobierno de Puerto Rico garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables para cada empleado estableciendo las normas de salud y seguridad correspondientes en cada centro de trabajo, orientando a los empleados sobre las prácticas correctas sobre salud y seguridad, además de realizar las investigaciones necesarias para corregir situaciones de riesgo.
Cualquier asunto que tenga que ver con una violación a la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, pasa directamente al tribunal.
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